De acuerdo con la legislación colombiana, todos los trabajadores pueden formar parte de un Sindicato. Se necesita la participación de
mínimo veinticinco trabajadores y cinco patronos. Por otra parte, los afiliados, deben ser
mayores de 14 años.
En las empresas con más de 50 trabajadores, se requiere un mínimo de 25 trabajadores o, por lo menos, el 10% del total de trabajadores que presten servicio en la empresa.
En el caso de empresas con más de 50 trabajadores, donde no existe sindicato vigente, el Sindicato se puede constituir con un mínimo de 8 trabajadores.
Para las empresas pequeñas, con 50 o menos trabajadores, también se requiere un mínimo de 8 trabajadores y no se exigirá un mínimo del total de trabajadores de la empresa.
Los trabajadores que se asocian dentro de un Sindicato, gozan de un beneficio que en la legislación coolmbiana se llama el fuero sindical. El siguiente video nos presenta una idea concreta de este beneficio:
En las empresas con más de 50 trabajadores, se requiere un mínimo de 25 trabajadores o, por lo menos, el 10% del total de trabajadores que presten servicio en la empresa.
En el caso de empresas con más de 50 trabajadores, donde no existe sindicato vigente, el Sindicato se puede constituir con un mínimo de 8 trabajadores.
Para las empresas pequeñas, con 50 o menos trabajadores, también se requiere un mínimo de 8 trabajadores y no se exigirá un mínimo del total de trabajadores de la empresa.
Los trabajadores que se asocian dentro de un Sindicato, gozan de un beneficio que en la legislación coolmbiana se llama el fuero sindical. El siguiente video nos presenta una idea concreta de este beneficio:
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